Reglamento
1296/2013 de 11 de diciembre de 2013, relativo a un Programa de la Unión Europea para
el Empleo y la
Innovación Social (EaSI) y por el que se modifica la Decisión 283/2010/UE, por
la que se establece un instrumento europeo de microfinanciación para el empleo
y la inclusión social
DOUE L 347/238, 20.12.2013
El
Programa se aplicará del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020
Estructura del programa
El
Programa estará compuesto de los siguientes tres ejes complementarios:
Eje «Progress»
Podrán
financiarse con cargo a los ejes del Programa los siguientes tipos de acciones:
1.
Actividades de análisis:
a)
recopilación de datos y estadísticas, teniendo en cuenta criterios tanto cualitativos
como cuantitativos, así como desarrollo de metodologías, clasificaciones,
microsimulaciones, indicadores y referencias comunes desglosadas, si procede,
por sexos y grupos de edad;
b)
encuestas, estudios, análisis e informes, incluida la financiación de redes de
expertos y el desarrollo de conocimientos técnicos relacionados con las
secciones temáticas;
c)
evaluaciones, incluidas las de impacto, cualitativas y cuantitativas efectuadas
por organismos públicos o privados;
d)
seguimiento y evaluación de la transposición y la aplicación del Derecho de la Unión;
e)
preparación y aplicación de la experimentación en política social como método
para ensayar y evaluar soluciones innovadoras con vistas a su generalización;
f)
difusión de los resultados de estas actividades de análisis.
2.
Actividades de aprendizaje mutuo, sensibilización y difusión:
a)
intercambios y difusión de buenas prácticas, enfoques y experiencias innovadores,
evaluación comparativa y revisiones inter pares, y aprendizaje mutuo a nivel
europeo;
b) actos,
conferencias y seminarios de la
Presidencia del Consejo;
c)
formación de profesionales jurídicos y políticos;
d)
elaboración y publicación de guías, informes y material educativo, y
actividades de información, comunicación y cobertura por los medios de
comunicación de las iniciativas apoyadas por el Programa;
e)
actividades de información y comunicación;
f)
desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información a fin de intercambiar
y difundir información sobre la política y la legislación de la Unión, y sobre el mercado de
trabajo.
Apoyo en
relación con:
a) los
gastos de funcionamiento de las principales redes a escala de la Unión cuyas actividades se
refieran y contribuyan a los objetivos del eje «Progress»;
b)
refuerzo de las capacidades de las administraciones nacionales y servicios
especializados responsables de la promoción de la movilidad geográfica
designados por los Estados miembros y los proveedores de microcréditos;
c)
organización de grupos de trabajo de funcionarios nacionales para controlar la
aplicación de la legislación de la
Unión;
d)
creación de redes y cooperación entre organismos especializados y otras partes
interesadas pertinentes, autoridades nacionales, regionales y locales, y
servicios de empleo a escala europea;
e)
financiación de observatorios a escala europea, incluidas las secciones
temáticas principales;
f)
intercambio de personal entre administraciones nacionales
Eje «EURES»
Tipos de
acciones
El eje
«EURES» podrá emplearse para financiar:
Acciones
para fomentar la movilidad voluntaria de las personas en la Unión de una manera justa, y
para eliminar los obstáculos a la movilidad, y en particular:
a) el
desarrollo y las actividades de las asociaciones transfronterizas de EURES
cuando lo soliciten los servicios territorialmente responsables de las regiones
limítrofes;
b) la
prestación de servicios de información, asesoramiento, colocación y
contratación de trabajadores transfronterizos;
c) el
desarrollo de la plataforma digital multilingüe para la compensación de las
ofertas y las demandas de empleo;
d) el
desarrollo de planes de movilidad específicos, previa convocatoria de
propuestas, para cubrir vacantes cuando se hayan detectado carencias del
mercado de trabajo o para ayudar a trabajadores con predisposición a la
movilidad y cuando se haya detectado una necesidad económica clara;
e) el
aprendizaje mutuo entre los agentes de EURES y la formación de los asesores de
EURES, incluidos los asesores de las asociaciones transfronterizas de EURES;
f) las
actividades de información y comunicación para dar a conocer las ventajas de la
movilidad geográfica y laboral en general, y las actividades y servicios de
EURES
Eje «Microfinanciación y emprendimiento social»
El apoyo a
la microfinanciación y a las empresas sociales, incluida la creación de
capacidad institucional, en particular, mediante los instrumentos de
financiación previstos en el título VIII de la parte primera del Reglamento
Financiero, y subvenciones podrá ser incluido en el Eje de Microfinanciación y
emprendimiento social.
Más
información: WEB Comisión
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