Regulado
por REGLAMENTO (UE) Nº 1288/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de
diciembre de 2013 por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación,
formación, juventud y deporte de la
Unión y por el que se derogan las Decisiones nº 1719/2006/CE,
1720/2006/CE y 1298/2008/CE
Publicado
en el DOUE L 347, 20 de diciembre de 2013 p.50
Este
Programa se aplicará durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014
y el 31 de diciembre de 2020.
¿Qué
es Erasmus+?
Erasmus+
es el nuevo programa de la
Unión Europea en materia de educación, formación, juventud y
deporte para el período 2014-2020. Erasmus+ sustituye a varios programas de la UE ya existentes, que abarcan
todos los sectores de la educación: el Programa de Aprendizaje Permanente -
Erasmus (educación superior), Leonardo da Vinci (formación profesional),
Comenius (educación escolar), Grundtvig (educación de adultos), La Juventud en Acción y
cinco programas internacionales (Erasmus Mundus, Tempus, Alfa, Edulink y el
programa de cooperación con países industrializados). Por primera vez, Erasmus+
ofrecerá también apoyo de la UE
al deporte, especialmente al de base.
El
Programa abarcará los siguientes ámbitos, respetando al mismo tiempo las
estructuras y necesidades específicas de los diferentes sectores en los Estados
miembros.
a) la
educación y la formación a todos los niveles, con una perspectiva de
aprendizaje permanente, incluida la educación escolar (Comenius), la educación
superior (Erasmus), la educación superior internacional (Erasmus Mundus), la
educación y la formación profesionales (Leonardo da Vinci) y el aprendizaje de
adultos (Grundtvig);
b) la
juventud (Juventud en Acción), en particular el aprendizaje no formal e
informal;
c) el
deporte, en particular el deporte de base.
El
Programa incluirá una dimensión internacional orientada a respaldar la acción
exterior de la Unión,
incluidos sus objetivos de desarrollo, por medio de la cooperación entre la Unión y los países
asociados.
La educación y la
formación
Acciones
del Programa
En el
ámbito de la educación y de la formación, el Programa perseguirá sus objetivos
a través de los tres tipos de acciones siguientes:
A) La
movilidad de las personas por motivos de aprendizaje;
B) La
cooperación para la innovación y el intercambio de buenas prácticas; y
C) El
apoyo a la reforma de las políticas.
Las
actividades específicas Jean Monnet
A) La
movilidad de las personas por motivos de aprendizaje
a)
La
movilidad de estudiantes en todos los ciclos de la educación superior y de los
estudiantes, aprendices y alumnos en la educación y formación profesional. Esta
movilidad podrá consistir en realizar estudios en una institución asociada,
periodos de prácticas o experiencia como aprendiz, asistente o becario en otro
país. Se podrá apoyar la movilidad a nivel de máster a través del Mecanismo
Europeo de Garantía de Préstamos
b)
La movilidad del personal dentro
de los países del Programa. Esta movilidad podrá consistir en forma de enseñanza o lectorados, o
en la participación en actividades de desarrollo profesional en otros países.
Esta acción también apoyará la movilidad internacional de estudiantes y
personal hacia y desde países asociados, en lo que se refiere a la educación
superior, incluida la movilidad organizada a partir de titulaciones conjuntas,
dobles o múltiples de alta calidad o bien convocatorias conjuntas.
B) La
cooperación para la innovación y el intercambio de buenas prácticas
a) Asociaciones estratégicas entre organizaciones o
instituciones que participan en actividades de educación y formación u otros
sectores pertinentes encaminadas a desarrollar y poner en práctica iniciativas
conjuntas y promover el aprendizaje entre iguales y los intercambios de
experiencia.
b) Asociaciones entre el mundo del trabajo y las
instituciones de educación y formación, en las siguientes formas:
— Alianzas para el conocimiento, en particular entre
instituciones de educación superior y el mundo del trabajo, destinadas a
promover la creatividad, la innovación, el aprendizaje basado en el trabajo y
el espíritu empresarial ofreciendo las oportunidades de aprendizaje
pertinentes, lo que incluye el desarrollo de nuevos planes de estudios y
enfoques pedagógicos.
— Alianzas para las competencias sectoriales, entre
proveedores de educación y formación y el mundo del trabajo, destinadas a
promover las posibilidades de empleo, contribuir a la creación de nuevos planes
de estudio específicos de sectores o intersectoriales, desarrollar métodos
innovadores de enseñanza y formación profesionales y poner en práctica las
herramientas de la Unión
para el reconocimiento de las cualificaciones y la transparencia.
(c) Plataformas de apoyo informático que abarquen todos
los sectores de la educación y la formación, incluido en particular el
hermanamiento virtual (eTwinning), que permitan el aprendizaje entre iguales,
la movilidad virtual y los intercambios de buenas prácticas así como el acceso
a participantes de países vecinos.
Esta
acción también apoyará el desarrollo, la capacitación, la integración regional,
los intercambios de conocimiento y los procesos de modernización mediante
acuerdos de asociación internacionales entre instituciones de educación
superior de la Unión
y de los países asociados en particular en materia de aprendizaje entre
igualesy de proyectos educativos conjuntos, así como mediante la promoción de
la cooperación regional y de las Oficinas Nacionales de Información, en
particular con países de la política de vecindad.
C) Apoyo
a la reforma de las políticas
a) La
aplicación de la agenda política de la
Unión en materia de educación y formación en el contexto de
los MAC, así como de los procesos de Bolonia y Copenhague;
b) La
puesta en práctica en los países del Programa de las herramientas de la Unión para el reconocimiento
de las cualificaciones y la transparencia, en particular del Marco Único para la Transparencia de las
Cualificaciones y Competencias de la
Unión (Europass), el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC),
el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS) y otros...
c) El
diálogo sobre políticas con las partes interesadas europeas pertinentes en el
ámbito de la educación y la formación.
d) Los
NARIC, las redes Eurydice y Euroguidance, y los centros nacionales Europass.
Esta
acción también apoyará el diálogo sobre políticas con países asociados y
organizaciones internacionales.
Actividades
Jean Monnet
Las actividades Jean Monnet tendrán como objetivo lo
siguiente:
a) Promoción de la enseñanza y la investigación
acerca de la integración europea en todo el mundo entre académicos especializados,
educandos y ciudadanos, en particular a través de la creación de Cátedras Jean
Monnet y otras actividades académicas, así como proporcionando ayuda para otras
actividades de creación de conocimiento en instituciones de educación superior;
b) Apoyo a las actividades de instituciones
académicas o asociaciones activas en el ámbito de los estudios de integración
europea así como a un distintivo Jean Monnet a la excelencia;
c) Apoyo a las siguientes instituciones que persigan
un objetivo de interés europeo:
i) el Instituto Universitario Europeo de Florencia,
ii) el Colegio de Europa (campus de Brujas y
Natolin),
iii) el Instituto Europeo de Administración Pública
(IEAP) de Maastricht,
iv) la
Academia de Derecho Europeo de Tréveris,
v) la Agencia Europea para el Desarrollo de la Educación de Alumnos con
Necesidades Educativas Especiales de Odense,
vi) el Centro Internacional de Formación Europea
(CIFE) de Niza;
d) Promover el debate sobre políticas y los
intercambios entre el mundo académico y los responsables políticos acerca de
las prioridades de las políticas de la Unión.
Juventud
El Programa perseguirá sus objetivos a través de los
tipos de acciones siguientes:
a)
movilidad de las personas por motivos de aprendizaje;
a.1 ) La movilidad de los jóvenes que realizan
actividades de aprendizaje no formal e informal entre los países del Programa; esta
movilidad puede consistir en intercambios de jóvenes y voluntariado, a través
del Servicio de Voluntariado Europeo, y de acciones innovadoras no contempladas
en las disposiciones existentes relativas a la movilidad;
a.2) La
movilidad de las personas que trabajan como monitores juveniles o en
organizaciones juveniles, y de los dirigentes juveniles; esta movilidad podrá adoptar la forma de actividades de formación
y trabajo en red.
b)
cooperación para la innovación y el intercambio de buenas prácticas;
b.1) las asociaciones estratégicas para desarrollar
y poner en marcha iniciativas conjuntas, incluidas las iniciativas juveniles y
los proyectos de ciudadanía que promueven la ciudadanía activa, la innovación
social, la participación en la vida democrática y el espíritu empresarial, a
través de aprendizaje entre iguales y el intercambio de experiencias;
b.2) plataformas de apoyo informático que propicien
el aprendizaje entre iguales, el trabajo en el ámbito de la juventud basado en
el conocimiento, la movilidad virtual y los intercambios de buenas prácticas.
Esta acción también debe apoyar el desarrollo, la
creación de capacidades y el intercambio de conocimientos a través de acuerdos
de asociación
c)
apoyo a la reforma de las políticas.
c.1)
Aplicación de la agenda política de la
Unión en el ámbito de la juventud recurriendo al MAC;
c.2)
Aplicación, en los países del Programa, de las herramientas de la Unión para el reconocimiento
de las cualificaciones y la transparencia, en particular el Youthpass, y apoyo
a las redes a escala de la Unión
y a las ONG en el ámbito de la juventud europea;
c.3)
Diálogo político con las partes interesadas europeas pertinentes y diálogo
estructurado con los jóvenes;
d) El
Foro Europeo de la Juventud,
los centros de recursos para el desarrollo del trabajo en el ámbito de la
juventud y la red Eurodesk.
Deporte
a) Apoyo
a asociaciones en colaboración.
b) Apoyo
a acontecimientos deportivos europeos sin ánimo de lucro en los que participen
varios países del Programa y que contribuyan a los objetivos definidos en la
letra c) del apartado 1 del artículo 16.
c) Apoyo
al refuerzo de la base empírica para la elaboración de políticas.
d)
Diálogo con las partes interesadas europeas pertinentes.
Cuando
proceda, las actividades deportivas a que se refiere el apartado 1 podrán
obtener financiación suplementaria mediante la asociación con terceros, como
por ejemplo las empresas privadas.
Más
información:
WEB Comisión Europea
España. Ministerio de
Educación
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