COSME. Competitividad de las empresas y pymes PDF Imprimir E-Mail

Regulado por el Reglamento (UE) no 1287/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece un Programa para la Competitividad de las Empresas y para las Pequeñas y Medianas Empresas (COSME) (2014-2020) y por el que se deroga la Decisión no 1639/2006/CE 

DOUE L 347/33, 20.12.2013

 

Se establece, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020.

 

Objetivos específicos y ámbitos de actuación

El Programa COSME tendrá los siguientes objetivos específicos:

a) mejorar el acceso de las PYME a la financiación, en forma de capital y de deuda;

b) mejorar el acceso a los mercados, en particular en el interior de la Unión, pero también a escala mundial;

c) mejorar las condiciones generales para la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de la Unión, en particular las PYME, incluido en el sector turístico;

d) promover el emprendimiento y la cultura empresarial

 

 

Acciones para mejorar el acceso de las PYME a la financiación

La Comisión apoyará acciones encaminadas a mejorar el acceso de las PYME a la financiación en sus fases de arranque, crecimiento y transmisión, que complementen el uso que los Estados miembros hagan de los instrumentos financieros destinados a las PYME a nivel nacional y regional. Para garantizar la complementariedad, tales acciones habrán de estar estrechamente coordinadas con las emprendidas en el marco de la política de cohesión, el Programa Horizonte 2020 y a escala nacional o regional. Tales acciones tendrán como finalidad estimular la captación y el suministro de financiación tanto de capital como de deuda, entre las que pueden figurar la financiación inicial, la financiación informal y la financiación de cuasi capital, en función de la demanda del mercado, excluyendo la liquidación de activos.

También se podrá conceder el apoyo de la Unión a las acciones destinadas a mejorar la financiación transfronteriza y plurinacional, en función de la demanda del mercado, ayudando así a las PYME a internacionalizar sus actividades de conformidad con la legislación de la Unión

 

 

Acciones para mejorar el acceso a los mercados

La Comisión podrá apoyar acciones dirigidas a mejorar el acceso de las PYME al mercado interior, como por ejemplo acciones de información (incluida la vía de los servicios digitales) y de sensibilización en relación con, entre otras cosas, programas, legislación y normas  de la Unión

Las medidas específicas tendrán el objetivo de facilitar el acceso de las PYME a los mercados fuera de la Unión. Entre estas medidas podrá incluirse facilitar información sobre las barreras existentes a la entrada en el mercado y sobre las oportunidades empresariales, la contratación pública y los procedimientos aduaneros, y mejorar los servicios de apoyo por lo que  respecta a las normas y derechos de propiedad intelectual en terceros países considerados prioritarios

Acciones conforme al Programa COSME podrán tener  como finalidad fomentar la cooperación internacional, lo que incluye diálogos con terceros países en torno a la industria y la reglamentación.

 

 

Red Europea de apoyo a las Empresas

La Comisión respaldará a la Red Europea de apoyo a las Empresas con el fin de proporcionar servicios de apoyo empresarial integrado a las PYME de la Unión que pretendan explorar oportunidades en el mercado interior y en terceros países. Las acciones emprendidas con arreglo a dicha Red podrán incluir lo siguiente:

a) la prestación de servicios de información y asesoría sobre iniciativas y Derecho de la Unión; apoyo para mejorar las capacidades de gestión a fin de aumentar la competitividad de las PYME; apoyo para mejorar los conocimientos financieros de las PYME, incluidos servicios de información y asesoría sobre oportunidades de financiación, acceso a la financiación y programas de orientación y tutoría al respecto; medidas para mejorar el acceso de las PYME a conocimientos técnicos en materia de eficiencia energética, cambio climático y medio ambiente; y la promoción de los programas de financiación y de los instrumentos financieros de la Unión (incluido el Programa Horizonte 2020, en cooperación con los puntos de contacto nacionales y los Fondos Estructurales);

b) la facilitación de la cooperación empresarial transfronteriza,la transmisión en los ámbitos de la I+D, la tecnología y el conocimiento y asociaciones tecnológicas y para la innovación;

c) la facilitación de cauces de comunicación entre PYME y Comisión.

La Comisión evaluará la eficacia en la gestión de la Red y la prestación de servicios de alta calidad a toda la Unión

 

 

Acciones destinadas a mejorar las condiciones generales para la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de la Unión, en particular de las PYME

1. La Comisión apoyará acciones encaminadas a mejorar las condiciones generales para la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de la Unión, en particular de las PYME, de manera que aumenten la eficacia, la coherencia, la coordinación y el carácter sistemático de las políticas nacionales y regionales que promuevan la competitividad, la sostenibilidad y el crecimiento de las empresas de la Unión.

2. La Comisión podrá apoyar acciones específicas destinadas a mejorar las condiciones generales de las empresas, en particular las PYME, reduciendo y evitando cargas administrativas y normativas innecesarias.

3. La Comisión podrá apoyar acciones dirigidas a impulsar nuevas estrategias de competitividad y de desarrollo empresarial.

4 La Comisión, mediante el fomento de la coordinación, podrá apoyar iniciativas de los Estados miembros que aceleren la creación de industrias competitivas con potencial de mercado.

5. La Comisión podrá completar las acciones de los Estados miembros para mejorar la competitividad y la sostenibilidad de las PYME de la Unión en ámbitos con considerable potencial de crecimiento, en particular, aquellos ámbitos que cuenten con un alto porcentaje de PYME, como el sector turístico.

 

 

Acciones para promover el emprendimiento

La Comisión contribuirá a promover el emprendimiento y la cultura empresarial mejorando las condiciones generales que afecten al desarrollo del emprendimiento incluido mediante la reducción de los obstáculos para la creación de empresas. La Comisión apoyará un entorno y una cultura empresarial favorables a empresas sostenibles, la creación de empresas, el crecimiento, la transmisión de empresas, la segunda oportunidad (reinicio), así como a la creación de empresas semilla.

Se prestará especial atención a los emprendedores potenciales, nuevos, jóvenes y mujeres.

La Comisión podrá adoptar acciones, tales como programas de movilidad.

Asi como apoyar las medidas de los Estados miembros encaminadas a generar y facilitar educación, formación, habilidades y actitudes de emprendimiento, en especial entre los emprendedores potenciales y nuevos.

 

Más información:

Comisión WEB del programa  

WEB Europa . Acceso a la financiación para las pymes

Red Europea para las pymes

 


 
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