Regulado por el Reglamento (UE) no 1287/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el
que se establece un Programa para la Competitividad de las Empresas y para las
Pequeñas y Medianas Empresas (COSME) (2014-2020) y por el que se deroga la
Decisión no 1639/2006/CE
DOUE L 347/33, 20.12.2013
Se establece, para el período comprendido entre el 1 de
enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020.
Objetivos específicos y ámbitos de actuación
El Programa COSME tendrá los siguientes objetivos específicos:
a) mejorar el acceso de las PYME a la financiación, en forma
de capital y de deuda;
b) mejorar el acceso a los mercados, en particular en el
interior de la Unión, pero también a escala mundial;
c) mejorar las condiciones generales para la competitividad
y la sostenibilidad de las empresas de la Unión, en particular las PYME, incluido
en el sector turístico;
d) promover el emprendimiento y la cultura empresarial
Acciones para mejorar
el acceso de las PYME a la financiación
La Comisión apoyará acciones encaminadas a mejorar el acceso
de las PYME a la financiación en sus fases de arranque, crecimiento y
transmisión, que complementen el uso que los Estados miembros hagan de los
instrumentos financieros destinados a las PYME a nivel nacional y regional.
Para garantizar la complementariedad, tales acciones habrán de estar estrechamente
coordinadas con las emprendidas en el marco de la política de cohesión, el
Programa Horizonte 2020 y a escala nacional o regional. Tales acciones tendrán
como finalidad estimular la captación y el suministro de financiación tanto de capital
como de deuda, entre las que pueden figurar la financiación inicial, la
financiación informal y la financiación de cuasi capital, en función de la
demanda del mercado, excluyendo la liquidación de activos.
También se podrá conceder el apoyo de la Unión a las
acciones destinadas a mejorar la financiación transfronteriza y plurinacional,
en función de la demanda del mercado, ayudando así a las PYME a
internacionalizar sus actividades de conformidad con la legislación de la Unión
Acciones para mejorar
el acceso a los mercados
La Comisión podrá apoyar acciones dirigidas a mejorar el
acceso de las PYME al mercado interior, como por ejemplo acciones de
información (incluida la vía de los servicios digitales) y de sensibilización
en relación con, entre otras cosas, programas, legislación y normas de la Unión
Las medidas específicas tendrán el objetivo de facilitar el acceso
de las PYME a los mercados fuera de la Unión. Entre estas medidas podrá
incluirse facilitar información sobre las barreras existentes a la entrada en
el mercado y sobre las oportunidades empresariales, la contratación pública y
los procedimientos aduaneros, y mejorar los servicios de apoyo por lo que respecta a las normas y derechos de propiedad
intelectual en terceros países considerados prioritarios
Acciones conforme al Programa COSME podrán tener como finalidad fomentar la cooperación
internacional, lo que incluye diálogos con terceros países en torno a la
industria y la reglamentación.
Red Europea de apoyo
a las Empresas
La Comisión respaldará a la Red Europea de apoyo a las Empresas
con el fin de proporcionar servicios de apoyo empresarial integrado a las PYME
de la Unión que pretendan explorar oportunidades en el mercado interior y en
terceros países. Las acciones emprendidas con arreglo a dicha Red podrán
incluir lo siguiente:
a) la prestación de servicios de información y asesoría
sobre iniciativas y Derecho de la Unión; apoyo para mejorar las capacidades de
gestión a fin de aumentar la competitividad de las PYME; apoyo para mejorar los
conocimientos financieros de las PYME, incluidos servicios de información y asesoría
sobre oportunidades de financiación, acceso a la financiación y programas de
orientación y tutoría al respecto; medidas para mejorar el acceso de las PYME a
conocimientos técnicos en materia de eficiencia energética, cambio climático y
medio ambiente; y la promoción de los programas de financiación y de los
instrumentos financieros de la Unión (incluido el Programa Horizonte 2020, en
cooperación con los puntos de contacto nacionales y los Fondos Estructurales);
b) la facilitación de la cooperación empresarial
transfronteriza,la transmisión en los ámbitos de la I+D, la tecnología y el conocimiento
y asociaciones tecnológicas y para la innovación;
c) la facilitación de cauces de comunicación entre PYME y Comisión.
La Comisión evaluará la eficacia en la gestión de la Red y
la prestación de servicios de alta calidad a toda la Unión
Acciones destinadas a
mejorar las condiciones generales para la competitividad y la sostenibilidad de
las empresas de la Unión, en particular de las PYME
1. La Comisión apoyará acciones encaminadas a mejorar las condiciones
generales para la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de la
Unión, en particular de las PYME, de manera que aumenten la eficacia, la
coherencia, la coordinación y el carácter sistemático de las políticas
nacionales y regionales que promuevan la competitividad, la sostenibilidad y el
crecimiento de las empresas de la Unión.
2. La Comisión podrá apoyar acciones específicas destinadas a
mejorar las condiciones generales de las empresas, en particular las PYME,
reduciendo y evitando cargas administrativas y normativas innecesarias.
3. La Comisión podrá apoyar acciones dirigidas a impulsar nuevas
estrategias de competitividad y de desarrollo empresarial.
4 La Comisión, mediante el fomento de la coordinación, podrá
apoyar iniciativas de los Estados miembros que aceleren la creación de
industrias competitivas con potencial de mercado.
5. La Comisión podrá completar las acciones de los Estados miembros
para mejorar la competitividad y la sostenibilidad de las PYME de la Unión en
ámbitos con considerable potencial de crecimiento, en particular, aquellos
ámbitos que cuenten con un alto porcentaje de PYME, como el sector turístico.
Acciones para
promover el emprendimiento
La Comisión contribuirá a promover el emprendimiento y la
cultura empresarial mejorando las condiciones generales que afecten al
desarrollo del emprendimiento incluido mediante la reducción de los obstáculos
para la creación de empresas. La Comisión apoyará un entorno y una cultura
empresarial favorables a empresas sostenibles, la creación de empresas, el
crecimiento, la transmisión de empresas, la segunda oportunidad (reinicio), así
como a la creación de empresas semilla.
Se prestará especial atención a los emprendedores potenciales,
nuevos, jóvenes y mujeres.
La Comisión podrá adoptar acciones, tales como programas de
movilidad.
Asi como apoyar las medidas de los Estados miembros
encaminadas a generar y facilitar educación, formación, habilidades y actitudes
de emprendimiento, en especial entre los emprendedores potenciales y nuevos.
Más información:
Comisión WEB del programa
WEB Europa . Acceso a la financiación para las pymes
Red Europea para las pymes
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