«Liderazgo industrial»
Normativa:
Decisión del
Consejo, de 3 de diciembre de 2013, por la que se establece el Programa
Específico por el que se ejecuta Horizonte 2020 – Programa Marco de
Investigación e Innovación (2014-2020) y se derogan las Decisiones 2006/971/CE,
2006/972/CE, 2006/973/CE, 2006/974/CE y 2006/975/CE
DOUE L 347/965, 20.12.2013
Reglamento (UE) no 1291/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el
que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación
(2014-2020 y por el que se deroga la Decisión no 1982/2006/CE
DOUE L 347/104, 20.12.2013
Queda establecido el Programa
Específico por el que se ejecuta Horizonte 2020, Programa Marco de
Investigación e Innovación (2014-2020) para el período comprendido entre el 1
de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020
PRIORIDAD
"Liderazgo industrial"
Esta parte tiene por objeto acelerar
el desarrollo de las tecnologías e innovaciones que sustentarán las empresas
del mañana y ayudar a las PYME innovadoras europeas a convertirse en empresas a
la vanguardia del mundo. Consta de tres objetivos específicos:
a)
El
"Liderazgo en tecnologías industriales y de capacitación" prestará un
apoyo específico a la investigación, desarrollo, demostración y, cuando
proceda, normalización y
certificación en los ámbitos:
1.1.
Tecnologías de la información y la comunicación (TIC)
Diversas líneas de actividad se centrarán en
retos de liderazgo tecnológico e industrial en las TIC a lo largo de toda la
cadena de valores y cubrirán agendas generales de investigación e innovación en
relación con las TIC, entre otros, sobre todo:
1.1.1.
Una nueva generación de componentes y sistemas: Ingeniería de
componentes y sistemas empotrados avanzados y eficaces en recursos y energía
1.1.2.
Informática de la próxima generación: sistemas y tecnologías de
computación avanzada y segura, incluida la informática en la nube
1.1.3.
Internet del futuro: software, hardware, infraestructuras, tecnologías y
servicios
1.1.4.
Tecnologías de los contenidos y gestión de la información: TIC para los
contenidos digitales, las industrias de la cultura y la creatividad
1.1.5.
Interfaces avanzadas y robots: robótica y espacios inteligentes
1.1.6.
Microelectrónica, nanoelectrónica y fotónica: tecnologías facilitadoras
esenciales relacionadas con la microelectrónica, la nanoelectrónica y la fotónica
y que abarquen asimismo las tecnologías cuánticas
1.2.
Nanotecnologías
1.2.1.
Desarrollo de la próxima generación de nanomateriales, nanodispositivos
y nanosistemas
1.2.2.
Garantía de un desarrollo y una aplicación sostenibles de las nanotecnologías
1.2.3.
Desarrollo de la dimensión social de la nanotecnología
1.2.4.
Síntesis y fabricación eficientes y sostenibles de nanomateriales,
componentes y sistemas
1.2.5.
Desarrollo y normalización de técnicas, métodos de medición y equipos
que potencien la capacidad
1.3.
Materiales avanzados
1.3.1.
Tecnologías de materiales transversales y de capacitación
1.3.2.
Desarrollo y transformación de materiales
1.3.3.
Gestión de componentes de materiales
1.3.4.
Materiales para una industria sostenible, eficiente en recursos y de
bajas emisiones
1.3.5.
Materiales para las industrias creativas, incluido el patrimonio
1.3.6.
Metrología, caracterización, normalización y control de calidad
1.3.7.
Optimización del uso de materiales
1.4.
Biotecnología
1.4.1.
Impulsar las biotecnologías de vanguardia como futuro motor de la
innovación
1.4.2.
Productos y procesos industriales basados en la biotecnología
1.4.3.
Tecnologías para plataformas innovadoras y competitivas
1.5.
Fabricación y transformación avanzadas
1.5.1.
Tecnologías para las fábricas del futuro
1.5.2.
Tecnologías facilitadoras de sistemas eficientes en el uso de la energía
y de edificios eficientes en el uso de la energía con escaso impacto
medioambiental
1.5.3.
Tecnologías sostenibles, eficientes en recursos y de baja emisión de
carbono en las industrias de transformación de gran consumo energético
1.5.4.
Nuevos modelos de negocio sostenibles
1.6.
Espacio
1.6.1.
Favorecer la competitividad, la no dependencia y la innovación del
sector espacial europeo
1.6.1.1.
Preservar y seguir desarrollando una industria espacial competitiva y de
carácter empresarial y una comunidad en materia de investigación y reforzar la
no dependencia de Europa en los sistemas espaciales
1.6.1.2.
Impulsar la innovación entre los sectores espaciales y no espaciales
1.6.2.
Favorecer los avances en las tecnologías espaciales
1.6.3.
Favorecer la explotación de los datos espaciales
1.6.4.
Favorecer la investigación europea de apoyo a las asociaciones
espaciales internacionales
1.6.5.
Aspectos específicos de la ejecución
b) Mediante
el "Acceso a la financiación de riesgo" se tratará de superar los
déficits en la disponibilidad de financiación de deuda y de capital para las
empresas y los proyectos de I+D impulsados por la innovación en todas las fases
de desarrollo. Junto con el instrumento de capital del Programa de
Competitividad de las Empresas y de las pequeñas y medianas empresas (COSME)
(2014-2020), apoyará el desarrollo del capital-riesgo a nivel de la Unión.
Horizonte 2020 establecerá dos mecanismos (el
«mecanismo de capital» y el «mecanismo de deuda»), compuestos por varios
apartados. El mecanismo de capital y el apartado PYME del mecanismo de deuda se
aplicarán de manera interdependiente con COSME como parte de dos instrumentos
financieros de la Unión que aportan capital y deuda al servicio de la I+I y el
crecimiento de las PYME.
El mecanismo de capital y el mecanismo de
deuda podrán permitir, cuando proceda, la puesta en común de recursos
financieros con los Estados miembros o las regiones que deseen aportar parte de
los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos que tienen asignados, de
conformidad con el Reglamento (UE) nº1303/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo .
En lugar de conceder créditos, garantías,
capital, etc., directamente a los beneficiarios finales, la Comisión delegará
en las instituciones financieras, que prestarán apoyo, en particular, mediante
la distribución del riesgo, los regímenes de garantías y las inversiones en
capital o cuasi capital.
2.1.
Mecanismo de deuda
El mecanismo de deuda ofrecerá créditos a
beneficiarios individuales para invertir en I+I; garantías o contragarantías a
los intermediarios financieros que concedan créditos a los beneficiarios;
combinaciones de créditos y garantías o contragarantías, y garantías y/o
contragarantías para regímenes de financiación de la deuda a nivel nacional o
regional. El mecanismo de deuda cubrirá las actividades de optimización de los
vencimientos y, además, respaldará el instrumento específico para las PYME, con
sujeción al nivel de la demanda (véase la parte II, sección 3, «Innovación en
las PYME» de este anexo). Las provisiones procedentes del mecanismo de deuda
podrán combinarse, con la posible adición de subvenciones (incluidos importes a
tanto alzado), con las provisiones procedentes del instrumento de financiación
de capital en uno o más regímenes integrados. También se pueden conceder
créditos blandos, créditos convertibles, préstamos subordinados, préstamos
participativos, préstamos de arrendamiento financiero y titulización.
Además de conceder créditos y garantías
basándose en criterios de mercado, por orden de llegada de las solicitudes, el
mecanismo de deuda se centrará, en una serie de compartimentos, sectores y
políticas específicos.
2.2.
Mecanismo de capital
El mecanismo de capital se centrará en los
fondos de capital-riesgo y en los fondos de fondos públicos y privados que
facilitan capital-riesgo y capital intermedio a empresas de cartera individual.
Además, estas empresas podrán intentar financiar su deuda a través de
intermediarios financieros que operen el mecanismo de deuda. Asimismo, el
mecanismo de capital explorará también las posibilidades de apoyar a inversores
providenciales y otras fuentes potenciales de financiación de capital. Esto
podría incluir también apoyo en el momento de la fase 3 del instrumento de las
PYME con sujeción al nivel de la demanda, así como a la transferencia de
tecnologías (incluida la traslación al sector productivo de los resultados de
la investigación y las invenciones generadas en el entorno de la investigación
pública, por ejemplo mediante pruebas de concepto).
El mecanismo tendrá también la posibilidad de
efectuar inversiones en las fases de expansión y crecimiento en conjunción con
el Instrumento de Capital para el Crecimiento (ICC) dentro de COSME (esto
incluye los fondos de fondos con una amplia base de inversores y los inversores
estratégicos e institucionales privados, además de instituciones financieras
semipúblicas y públicas de ámbito nacional). En este último caso, la inversión
del mecanismo de capital de Horizonte 2020 no superará el 20 % de la inversión
total de la Unión, salvo en el caso de los fondos multietapa, caso en que la
financiación del EFG y del mecanismo de capital para la I+D+I se aportarán
proporcionalmente, sobre la base de la política de inversión de los fondos. Al
igual que el EFG, el mecanismo de capital evitará el capital de adquisición o
sustitución previsto para el desmantelamiento de una empresa adquirida. La
Comisión podrá decidir modificar el umbral del 20 % a la luz de los cambios en
las condiciones del mercado.
2.3.
Aspectos específicos de la ejecución
La ejecución de los dos mecanismos se delegará
al Grupo del Banco Europeo de Inversiones [BEI, y el Fondo Europeo de Inversión
(FEI)] o a otras instituciones financieras a las que se pueda confiar la
aplicación de instrumentos financieros de conformidad con el Reglamento (UE,
Euratom) nº 966/2012. Su diseño y ejecución deberán estar en consonancia con
las disposiciones generales de los instrumentos financieros establecidas en el
Reglamento financiero y con los requisitos operativos más específicos que se definirán
en las directrices de la Comisión. El empleo de instrumentos financieros debe
presentar un claro valor añadido europeo y debería servir de incentivo y
funcionar como complemento de los instrumentos nacionales.
c) La
"Innovación en las PYME" proporcionará apoyo específico a las PYME
con el fin de fomentar todas las formas de innovación, centrándose en aquellas
con potencial para crecer e internacionalizarse en el mercado único y fuera de
él.
3.1.
Integrar el apoyo a las PYME, especialmente mediante un instrumento
específico
El instrumento para las PYME abarcará todos
los ámbitos de la ciencia, la tecnologías y la innovación con un enfoque
ascendente dentro de un reto de la sociedad determinado o una tecnología de
capacitación concreta, con el fin de dejar suficiente cabida para financiar
todos los tipos de ideas prometedoras, sobre todo, los proyectos
intersectoriales e interdisciplinarios.
El instrumento funcionaría conforme a una
única estructura de gestión centralizada, un régimen administrativo ligero y un
solo punto de acceso. Se aplicará siguiendo principalmente una lógica
ascendente, mediante una convocatoria pública continua.
El instrumento de las PYME prestará un apoyo
simplificado y escalonado. Sus tres fases cubrirán el ciclo completo de innovación:
— Fase
1: Concepto y evaluación de la viabilidad:
Las PYME recibirán financiación para estudiar
la viabilidad científica o técnica y el potencial comercial de una nueva idea
(prueba de concepto) a fin de desarrollar un proyecto innovador.
— Fase
2: I+D, demostración y replicación comercial:
Teniendo debidamente en cuenta el concepto de
vales de innovación, se respaldará la investigación y el desarrollo centrados
en las actividades de demostración (pruebas, prototipos, estudios de
ampliación, diseño, procesos innovadores piloto, productos y servicios,
validación, verificación de rendimiento, etc.) y en la replicación comercial,
alentando la participación de los usuarios finales o los clientes potenciales.
Los vales de innovación fomentarán la participación de los jóvenes
emprendedores.
— Fase
3: Comercialización:
Esta fase no prestará financiación directa
aparte de las actividades de apoyo, sino que pretende facilitar el acceso al
capital privado y a entornos facilitadores en materia de innovación.
Asimismo, se buscarán vínculos con los
intermediarios nacionales y/o regionales pertinentes para garantizar la
aplicación efectiva del programa de asesoramiento.
Se constituirá un organismo específico de
partes interesadas y expertos en la investigación y la innovación de las PYME
con la intención de promover y complementar las medidas específicas de las PYME
contempladas en Horizonte 2020.
3.2.
Apoyo específico
3.2.1.
Apoyar a las PYME intensivas en investigación
Una acción específica promoverá la innovación
transnacional orientada al mercado de las PYME que ejecutan I+D. Está destinada
a las PYME intensivas en investigación en cualquier sector que también necesite
demostrar su capacidad para explotar los resultados de los proyectos en el
mercado.
3.2.2.
Mejorar la capacidad de innovación de las PYME
Se prestará apoyo a las actividades
transnacionales que faciliten la aplicación de las medidas específicas en favor
de las PYME de Horizonte 2020 y las complementen, en particular para aumentar
la capacidad de innovación de las PYME. Estas actividades podrán ser aumento de
la sensibilización, información y difusión, formación y actividades de
movilidad, redes e intercambio de mejores prácticas, desarrollo de servicios y
mecanismos de apoyo a la innovación de alta calidad con un gran valor añadido
de la Unión para las PYME
Estas actividades se coordinarán, cuando
proceda, con medidas nacionales similares. Está prevista una estrecha
colaboración con la red de puntos de contacto nacionales (PCN).
Está previsto reforzar los vínculos con la red
de apoyo a las empresas europeas (en el marco de COSME), garantizando así su
coordinación con los puntos de contacto nacionales.
3.2.3.
Apoyar la innovación impulsada por el mercado
Se promoverá la innovación transnacional
impulsada por el mercado con vistas a mejorar la capacidad de innovación de las
PYME, optimizando para ello las condiciones marco para la innovación, así como
superando las barreras específicas que impiden el crecimiento de PYME
innovadoras con un potencial de rápido crecimiento.
Más información:
WEB Horizonte 2020
Portal Español. Liderazgo industrial
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