Horizonte
2020. Difundir la excelencia y ampliar la participación
Normativa:
Decisión del
Consejo, de 3 de diciembre de 2013, por la que se establece el Programa
Específico por el que se ejecuta Horizonte 2020 – Programa Marco de
Investigación e Innovación (2014-2020) y se derogan las Decisiones 2006/971/CE,
2006/972/CE, 2006/973/CE, 2006/974/CE y 2006/975/CE
DOUE L 347/965, 20.12.2013
Reglamento
(UE) nº 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de
2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e
Innovación (2014-2020 y por el que se deroga la Decisión nº 1982/2006/CE
DOUE L 347/104, 20.12.2013
OBJETIVO
ESPECÍFICO "DIFUNDIR LA EXCELENCIA Y AMPLIAR LA PARTICIPACIÓN"
El objetivo
específico "Difundir la excelencia y ampliar la participación" es
explotar plenamente el potencial de talento en Europa y garantizar que los
beneficios de una economía centrada en la innovación se maximicen y se
distribuyan equitativamente por toda la Unión, de conformidad con el principio
de excelencia.
En Europa
existen grandes disparidades en lo que respecta a la investigación y la innovación
que hay que abordar con medidas específicas. Estas medidas promoverán la
excelencia y la innovación y se diferenciarán de las políticas y acciones de
los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, y si procede, las
complementarán y se promoverán las sinergias con las mismas.
Se
facilitará mediante medidas específicas la difusión de la excelencia y se
ampliará la participación mediante actuaciones como las siguientes:
Líneas
generales de las actividades
a)
Constitución de equipos de instituciones de investigación excelentes y regiones
con menor rendimiento de desarrollo tecnológico e innovación: Se intentará
establecer nuevos (o mejorar considerablemente los ya existentes) centros de
excelencia en los Estados miembros y regiones con menor rendimiento de
desarrollo tecnológico e innovación. La labor se centrará en la fase
preparatoria para el establecimiento y la mejora y modernización de tales
centros, a lo que contribuirá la constitución de equipos con un corresponsal de
primer rango de Europa, incluyendo el apoyo a la elaboración de un plan de
actividades. Se espera contar con un compromiso por parte de la región o Estado
miembro beneficiario (por ejemplo, apoyo mediante los Fondos Estructurales y de
Inversión Europeos). En función de la calidad del plan de actividades, la
Comisión podrá facilitar un mayor apoyo financiero «semilla» para las fases
iniciales de establecimiento del centro.
Se
considerará la posibilidad de construir vínculos con agrupaciones innovadoras y
de reconocer la excelencia en las regiones y Estados miembros con menor
rendimiento de desarrollo tecnológico e innovación, incluso a través de la
evaluación inter pares y de la concesión de certificaciones de excelencia a
aquellos centros que cumplan las normas internacionales.
b) Hermanamiento
de centros de investigación: Con el hermanamiento se pretende reforzar
considerablemente un campo determinado de investigación en un centro novel
vinculándolo con al menos dos centros de rango internacional en dicho campo. Se
apoyará una gama amplia de medidas para sustentar esta vinculación (por
ejemplo, intercambios de personal, visitas de especialistas, formación breve in
situ o virtual, talleres, asistencia a conferencias, organización de
actividades conjuntas del tipo cursos de verano, actividades de difusión y
propagación)
c) «Cátedras
del EEI»: Establecimiento de «cátedras del EEI» para atraer a personal
prominente de las instituciones académicas a instituciones que tengan un claro
potencial para la excelencia en la investigación con el fin de ayudar a dichas
instituciones a desarrollar plenamente su potencial y lograr así un contexto de
igualdad de oportunidades para el impulso de la investigación y la innovación
en el EEI. Ello incluirá apoyo institucional para la creación de un entorno de
investigación competitivo y las condiciones marco necesarias para atraer,
conservar y desarrollar el talento investigador de primera línea en el seno de
estas instituciones. Se estudiarán las posibles sinergias con las actividades
del CEI.
d) Mecanismo
de apoyo a las políticas: Con este mecanismo se intentará mejorar la
concepción, la ejecución y la evaluación de las políticas nacionales y
regionales de investigación e innovación. A través de él se ofrecerá
asesoramiento especializado a los poderes públicos, tanto nacionales como
regionales, y con carácter voluntario, de manera que se cubran las necesidades
de consulta de conocimientos pertinentes, de aprovechar el bagaje de
especialistas internacionales, utilizar los métodos e instrumentos más
avanzados y recibir asesoramiento a medida.
e) Apoyar el
acceso a las redes internacionales de investigadores e innovadores excelentes
que no participen suficientemente en las redes europeas e internacionales. En
este marco cabe incluir el respaldo que se brinda a través de la COST.
f) Reforzar
la capacidad administrativa y operativa de las redes transnacionales de puntos
de contacto nacionales (PCN), incluso mediante formación, brindando apoyo
financiero y técnico y mejorando a la vez el marco de funcionamiento de los PCN
y el flujo de información entre estos y los órganos de ejecución de Horizonte
2020, de forma que los PCN puedan facilitar mayor apoyo a los participantes
potenciales.
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