Reglamento
(UE) nº 557/2014 del Consejo de 6 de mayo de 2014 por el que se establece la
Empresa Común para la Iniciativa sobre Medicamentos Innovadores 2
DO L 169 de
07/06/2014, p. 54/76
Para la
ejecución de la iniciativa tecnológica conjunta en el ámbito de los
medicamentos innovadores se establece una empresa común a tenor de lo dispuesto
en el artículo 187 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («Empresa
Común IMI 2») por un período hasta el 31 de diciembre de 2024. A fin de tener
en cuenta la duración de Horizonte 2020, las convocatorias de propuestas en el
marco de la Empresa Común IMI 2 se efectuarán como máximo hasta el 31 de
diciembre de 2020, a más tardar. En casos debidamente justificados, las
convocatorias de propuestas podrán efectuarse hasta el 31 de diciembre de 2021
La Empresa
Común IMI 2 tendrá personalidad jurídica. En cada Estado miembro gozará de la
capacidad jurídica más amplia que el Derecho de ese Estado miembro reconozca a
las personas jurídicas. En particular, podrá adquirir o enajenar bienes muebles
e inmuebles y personarse en procedimientos judiciales.
La Empresa
Común IMI tendrá como objetivo mejorar de forma significativa la eficiencia y
la eficacia del proceso de elaboración de medicamentos, con la finalidad a
largo plazo de que el sector farmacéutico fabrique medicamentos innovadores más
eficaces y seguros
Tareas :
La Empresa Común IMI 2 llevará a cabo las siguientes tareas:
a) movilizar los recursos de los sectores público y privado necesarios
para alcanzar los objetivos de la Empresa Común IMI 2;
b) revisar periódicamente el programa estratégico de investigación de la
Empresa Común IMI 2 y aportarle las correcciones que puedan ser necesarias a la
luz de los avances científicos que se produzcan durante su ejecución;
c) establecer y desarrollar una cooperación estrecha y a largo plazo
entre la Unión, otros miembros, miembros asociados y demás partes interesadas,
como otras industrias, autoridades sanitarias, asociaciones de pacientes,
universidades y centros clínicos, así como una cooperación entre la industria y
las universidades;
d) facilitar la coordinación con actividades nacionales, europeas e
internacionales en este ámbito, y comunicarse y relacionarse con los Estados miembros
y los países asociados a Horizonte 2020;
e) prestar un apoyo eficaz a la investigación y la innovación
precompetitivas en ciencias biológicas, principalmente mediante subvenciones;
en caso de ser necesarios ensayos clínicos, se dará prioridad a las fases I y
II; las fases III y IV se financiarán en los casos justificados, cuando esté
demostrado que existen necesidades médicas desatendidasy si estas no son
competitivas o si son precompetitivas;
f) definir y llevar a cabo el plan de trabajo anual de la Empresa Común
IMI 2, principalmente mediante convocatorias competitivas de propuestas;
g) lanzar convocatorias competitivas de propuestas y cualesquiera otros
procedimientos necesarios para la financiación, evaluar propuestas y conceder
financiación a los proyectos en función de las normas aplicables, dentro de los
límites de los fondos disponibles;
h) publicar información sobre los proyectos, en particular las entidades
que participan y la cuantía de la contribución financiera de la Empresa Común
IMI 2 por participante;
i) realizar actividades de información, comunicación, explotación y
difusión, aplicando mutatis mutandis el artículo 28 del Reglamento (UE) nº
1291/2013, lo que incluye facilitar la disposición y el acceso a la información
relativa a los resultados de las convocatorias de propuestas en una base
electrónica común Horizonte 2020;
j) establecer contactos con una amplia serie de partes interesadas, entre
estas centros de investigación y universidades;
k) organizar una comunicación regular que incluya al menos una reunión
anual con grupos de interés y las partes interesadas, a través del foro de
interesados, para garantizar la apertura y transparencia de las actividades de
investigación de la Empresa Común IMI 2;
l) llevar a cabo cualquier otra actividad necesaria para lograr los
objetivos
Más información: WEB IMI
|