Regulado por
el Reglamento (UE) nº 558/2014 del Consejo de 6 de mayo de 2014 por el que se
establece la Empresa Común Clean Sky 2
DO L 169 de
07/06/2014, p. 77/107
Para la
ejecución de la iniciativa tecnológica conjunta en el ámbito de la aeronáutica,
se establece una empresa común a tenor de lo dispuesto en el artículo 187 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («Empresa Común Clean Sky 2») para
el período de tiempo que va hasta el 31 de diciembre de 2024. A fin de tener en
cuenta la duración de Horizonte 2020, las convocatorias de propuestas de la
Empresa Común Clean Sky 2 se efectuarán hasta el 31 de diciembre de 2020 a más
tardar. En casos debidamente justificados, las convocatorias de propuestas
podrán efectuarse hasta el 31 de diciembre de 2021.
La Empresa
Común Clean Sky 2 será un organismo al que se confiará la ejecución de una
asociación público- privada
La Empresa
Común Clean Sky 2 tendrá personalidad jurídica. En cada Estado miembro gozará
de la capacidad jurídica más amplia que el Derecho de ese Estado miembro
reconozca a las personas jurídicas. Podrá adquirir o enajenar bienes muebles e
inmuebles y personarse en procedimientos judiciales.
La sede de
la Empresa Común Clean Sky 2 estará sita en Bruselas (Bélgica).
Objetivos
La Empresa
Común Clean Sky 2 tendrá los objetivos siguientes:
a) contribuir a la finalización de las
actividades de investigación iniciadas con arreglo al Reglamento (CE) nº 71/2008
y a la aplicación del Reglamento (UE) nº 1291/2013, y en particular el reto
consistente en lograr un transporte inteligente, ecológico e integrado en el
marco de la parte III, «Retos sociales», de la Decisión 2013/743/UE;
b) b) contribuir a la mejora del impacto
medioambiental de las tecnologías aeronáuticas, incluidas las relacionadas con
las aeronaves ligeras, así como a desarrollar en Europa una industria y una
cadena de suministro aeronáuticas sólidas y competitivas.
Este objetivo puede realizarse mediante la aceleración del desarrollo de
tecnologías de transporte aéreo más limpias con vistas a la implantación más
rápida posible de las mismas, y en especial de la integración, demostración y
validación de tecnologías capaces de:
i) mejorar la eficiencia de combustible de las aeronaves, reduciendo así
entre un 20 y un 30 % las emisiones de CO 2 con respecto a las aeronaves de
última generación que entren en servicio a partir de 2014,
ii) reducir las emisiones de NO x y las emisiones sonoras entre un 20 y
un 30 % con respecto a las aeronaves de última generación que entren en
servicio a partir de 2014
Más información: WEB
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