Regulado por
el Reglamento (UE) nº 560/2014 del Consejo de 6 de mayo de 2014 por el que se
establece la Empresa Común para las Bioindustrias
DO L 169 de
07/06/2014, p. 130/151
Para la
ejecución de la Iniciativa Tecnológica Conjunta para las Bioindustrias se
establece una empresa común a tenor de lo dispuesto en el artículo 187 del TFUE
por un período hasta el 31 de diciembre de 2024. A fin de tener en cuenta la
duración de Horizonte 2020, las convocatorias de propuestas en el marco de la
Empresa Común BBI se efectuarán hasta el 31 de diciembre de 2020 a más tardar.
En casos debidamente justificados, las convocatorias de propuestas podrán
efectuarse hasta el 31 de diciembre de 2021.
La Empresa
Común BBI será el organismo encargado de la ejecución de la asociación
público-privada
La Empresa Común
BBI tendrá personalidad jurídica. En todos los Estados miembros de la Unión
Europea gozará de la capacidad jurídica más amplia reconocida a las personas
jurídicas por la legislación de dichos Estados.
La sede de
la Empresa Común BBI estará sita en Bruselas (Bélgica).
La Empresa
Común BBI tendrá los siguientes objetivos:
a)
contribuir a la aplicación del Reglamento (UE) n º 1291/2013 y en particular la
parte III de la Decisión 2013/743/UE;
b)
contribuir a los objetivos de la Iniciativa BIC, a saber, lograr una economía
hipocarbónica sostenible que haga un uso más eficiente de los recursos e
incrementar el crecimiento económico y el empleo, en particular en las zonas
rurales, mediante el desarrollo de bioindustrias sostenibles y competitivas en
Europa, basadas en biorrefinerías avanzadas que obtengan la biomasa que
necesitan de forma sostenible; y, en particular:
i) demostrar
tecnologías que den lugar a nuevos constituyentes químicos básicos, nuevos
materiales y nuevos productos de consumo a partir de la biomasa europea que
sustituyan la necesidad de insumos fósiles,
ii)
desarrollar modelos de negocio que integren a los agentes económicos a lo largo
de toda la cadena del valor, desde los proveedores de biomasa y las
biorrefinerías, hasta los consumidores de biomateriales, sustancias químicas y
combustibles, incluso mediante la creación de nuevas conexiones entre sectores
y el apoyo a grupos intersectoriales, y
iii)
establecer biorrefinerías emblemáticas que utilicen tecnologías y modelos de
negocio para biomateriales, sustancias químicas y combustibles, y demuestren
mejoras de coste y rendimiento a niveles competitivos con las alternativas
fósiles
Tareas
La Empresa
Común BBI realizará las siguientes tareas:
a)
garantizar la creación y la gestión sostenible de la Iniciativa BIC;
b) movilizar
los recursos necesarios del sector público y privado;
c)
establecer y desarrollar una estrecha cooperación a largo plazo entre la Unión,
la industria y las demás partes interesadas;
d)
garantizar la eficiencia de la Iniciativa BIC;
e) alcanzar
la masa crítica de esfuerzo de investigación para emprender un programa a largo
plazo;
f)
supervisar los avances hacia la consecución de los objetivos de la Empresa
Común BBI;
g) prestar
apoyo financiero a las acciones indirectas de investigación e innovación, sobre
todo mediante subvenciones;
h) realizar
actividades de información, comunicación, explotación y difusión aplicando, mutatis
mutandis, el artículo 28 del Reglamento (UE) nº 1291/2013, lo que incluye
facilitar la disposición y el acceso a la información relativa a los resultados
de las convocatorias de propuestas en una base de datos electrónica común de
Horizonte 2020;
i)
establecer contactos con una amplia serie de partes interesadas, entre estas
centros de investigación y universidades;
j) realizar
cualquier otra actividad necesaria para la consecución de los objetivos
Más
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