Regulado por el Reglamento
(UE) no 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
11 de marzo de 2014, relativo al Fondo de Ayuda Europea para las personas
más desfavorecidas
DOUE L 72, 12.3.2014
p.1
El presente Reglamento establece el Fondo de Ayuda Europea para
los Más Desfavorecidos para el período comprendido entre el 1 de enero de 2014
y el 31 de diciembre de 2020
Reglamento Delegado (UE) n °532/2014 de la Comisión, de 13
de marzo de 2014 , que complementa el Reglamento (UE) n ° 223/2014 del
Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo de Ayuda Europea para las
personas más desfavorecidas
DO L 148 de 20/05/2014, p. 54/69
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) n°
532/2014 de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que complementa el Reglamento
(UE) n° 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo de
Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (DO L 148 de 20.5.2014)
DO L 276 de 18.09.2014, p. 65/65
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) n°
532/2014 de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, que complementa el Reglamento
(UE) n° 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo de
Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (DO L 148 de 20.5.2014)
DO L 278 de 20.09.2014, p. 24/24
Objetivos
El Fondo promoverá la
cohesión social, reforzará la inclusión social y, por lo tanto, ayudará en
último extremo a realizar el objetivo de erradicar la pobreza en la Unión
contribuyendo a lograr el objetivo de reducir en al menos 20 millones el número
de personas en riesgo de pobreza y exclusión social, de conformidad con la
Estrategia Europa 2020, al mismo tiempo que complementa al Fondo Social
Europeo, y complementará al mismo tiempo los Fondos Estructurales. El Fondo
contribuirá a lograr el objetivo específico de paliar las peores formas de pobreza,
suministrando ayuda no financiera a las personas más desfavorecidas en forma de
alimentos y/o asistencia material básica y de actividades de inclusión social
dirigidas a la inte gración social de las personas más desfavorecidas.
Ámbito de aplicación de la ayuda
El Fondo financiará los programas nacionales que distribuyen
a las personas más desfavoreci- das alimentos y/o asistencia material básica a
través de organizaciones asociadas selecciona- das por los Estados miembros.
¿Cómo funciona el FEAD?
La Comisión aprueba
los programas nacionales para 2014-2020, sobre la base de que las autoridades nacionales tomen las
decisiones individuales que conducen a la entrega de la ayuda a través de organizaciones asociadas (a
menudo no gubernamentales). Un enfoque similar se utiliza ya para los
fondos de cohesión.
Los Países de la UE podrán elegir qué tipo de ayuda
(alimentos o asistencia material básica, o una combinación de ambos) desean
facilitar, en función de su propia situación, y cómo los elementos se van a
obtener y distribuido.
Las autoridades nacionales pueden o bien comprar la comida y
los bienes propios y suministrarlos a las organizaciones asociadas, o financiar
a las organizaciones para que puedan hacer ellos mismos las compras. Las
organizaciones asociadas que compran la comida o bienes mismos pueden o bien
distribuirlos directamente, o pedir a otras organizaciones asociadas para
ayudar.
Más información: WEB
del Programa
WEB España. FEGA
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