Regulado por el Reglamento (UE) n° 390/2014 del Consejo,
de 14 de abril de 2014, por el que se establece el programa «Europa para los
Ciudadanos» para el período 2014-2020
DO L 115 de 17/04/2014, p. 3/13
Mediante el presente Reglamento se establece el programa
«Europa para los Ciudadanos» para el período comprendido entre el 1 de enero de
2014 y el 31 de diciembre de 2020
Estructura del Programa y acciones subvencionadas
El Programa, a la vez que fomenta la ciudadanía europea con
arreglo a los objetivos generales establecidos en el artículo 1, apartado 2, se
dividirá en los dos capítulos siguientes:
a)
«Memoria histórica de Europa»
Este capítulo prestará apoyo a actividades
que fomenten la reflexión sobre la diversidad cultural europea y los valores
comunes en el sentido más amplio, teniendo en cuenta la igualdad entre mujeres
y hombres. Pueden ponerse a disposición fondos a iniciativas que reflexionen
sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna
(prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo que condujo al
Holocausto, al fascismo, y al estalinismo y los regímenes comunistas totalitarios),
y rindan homenaje a las víctimas de sus crímenes. Este capítulo también deberá
incluir actividades relativas a otros momentos definitorios y puntos de
referencia en la reciente historia europea. Dará especial preferencia a las
acciones que fomenten la tolerancia, el conocimiento mutuo, el diálogo
intercultural y la reconciliación como medios para superar el pasado y
construir el futuro, dirigidas especialmente a la generación más joven
b)
«Compromiso democrático y participación
ciudadana»
Este capítulo abarcará actividades de
participación ciudadana en sentido amplio, poniendo especial énfasis en métodos
de estructuración que garanticen un efecto duradero de las actividades
financiadas. Dará preferencia a las iniciativas y proyectos vinculados con la
agenda política de la Unión. También puede cubrir proyectos e iniciativas que
permitan crear las circunstancias favorables a la comprensión mutua, el diálogo
intercultural, la solidaridad, el compromiso social y el voluntariado a nivel
de la Unión. Aún queda mucho por hacer para aumentar la participación
democrática de los jóvenes, y de la participación de las mujeres en la toma de
decisiones políticas y económicas. Los responsables de las decisiones políticas
que influyen en la vida de las gentes deben oír mejor su voz y actuar en
consecuencia.
Estos dos capítulos se complementarán con acciones
horizontales de análisis, difusión y uso de los resultados de los proyectos
(acciones de «valorización»).
El Programa financiará, entre otras cosas, los siguientes
tipos de acciones, realizadas a nivel transnacional o con una dimensión europea:
a) Aprendizaje recíproco y actividades de cooperación tales
como:
— reuniones de ciudadanos, hermanamientos de ciudades, redes
de ciudades hermanadas;
— proyectos aplicados por asociaciones transnacionales con
inclusión de los distintos tipos de partes interesadas enumeradas en el
artículo 6;
— proyectos de memoria con dimensión europea;
— intercambios basados, entre otras cosas, en la utilización
de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) o medios de
comunicación sociales.
b) Apoyo estructural a organizaciones tales como:
— órganos que persigan un objetivo de interés general para
la Unión definido en el artículo 177 del Reglamento (UE) nº 1268/2012;
— Puntos de Contacto de Europa para los Ciudadanos.
c) Actividades analíticas en el nivel de la Unión tales
como:
— estudios sobre cuestiones relativas a los objetivos del
Programa.
d) Actividades de concienciación y de difusión concebidas
para utilizar y valorizar los resultados de las iniciativas respaldadas y
presentar buenas prácticas, tales como:
— actos a escala de la Unión, tales como conferencias,
conmemoraciones y ceremonias de entrega de premios;
— evaluaciones por homólogos, reuniones de expertos y
seminarios.
Más información:
WEB Comisión Europea y WEB del Programa
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