Vida cotidiana asistida y activa 2014–2020
 

Regulado por la Decisión nº 554/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativa a la participación de la Unión en el programa de investigación y desarrollo «Vida cotidiana asistida y activa», emprendido conjuntamente por varios Estados miembros

DO L 169 de 07/06/2014, p. 14/26

 

Participación en el Programa AAL

La Unión participará en el programa de investigación y desarrollo «Vida cotidiana asistida y activa» emprendido conjuntamente por Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovenia, España, Francia, Hungría, Irlanda, Luxemburgo, los Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía, Suecia y Suiza

 

OBJETIVOS DEL PROGRAMA AAL

1. El Programa AAL cumplirá los siguientes objetivos:

1.1. acelerar la aparición e implantación de soluciones innovadoras, incluidas las basadas en las TIC, que sean pertinentes, asequibles e integradas, que faciliten un envejecimiento activo y saludable en el hogar, en la colectividad o en el trabajo, mejorando así la calidad de vida, la autonomía, la inclusión social, la participación en la vida social, las competencias o la empleabilidad de las personas mayores, y contribuyendo a aumentar la eficiencia y eficacia de la asistencia sanitaria y social;

1.2. apoyar la creación de soluciones que contribuyan a la independencia y a mitigar la sensación de aislamiento social de las personas de edad avanzada, de tal manera que el componente TIC no conduzca a una reducción del contacto humano, sino que sea complementario. Las soluciones basadas en TIC financiadas con arreglo al Programa AAL deben integrar aspectos que no son propios de las TIC mediante su concepción;

1.3. mantener y desarrollar una masa crítica de investigación, desarrollo e innovación aplicada a escala de la Unión en los ámbitos de los productos y servicios basados en TIC para facilitar el envejecimiento activo y saludable;

1.4. desarrollar soluciones eficaces en función de los costes, accesibles y, cuando sea pertinente, eficientes respecto del consumo de energía, como, por ejemplo, establecer normas de interoperabilidad pertinentes y facilitar la localización y adaptación de soluciones comunes, que sean compatibles con diversas preferencias sociales, con factores socioeconómicos (como la pobreza energética o la inclusión social), con los aspectos de género, y con los aspectos reglamentarios de ámbito nacional o regional, respetar la intimidad y dignidad de las personas mayores, garantizando en particular la protección y seguridad de los datos personales aplicando lo más avanzado en protección de la intimidad mediante el diseño, y, en su caso, promover el acceso a servicios en áreas rurales y periféricas o beneficiar a otros grupos de personas, como las personas con discapacidades. Para mejorar la accesibilidad, se promoverá el concepto «diseño universal» en el desarrollo e implantación de soluciones.

2. El Programa AAL establecerá un entorno favorable a la participación de la pequeña y mediana empresa.

3. El Programa AAL se centrará en la investigación e innovación aplicada orientada al mercado y será complementario de las acciones afines de investigación a largo plazo y de innovación a gran escala previstas en Horizonte 2020 y otras iniciativas europeas y nacionales como por ejemplo las iniciativas y actividades de programación comunes emprendidas en el seno del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología y de sus Comunidades de Conocimiento e Innovación pertinentes. También contribuirá a la ejecución de la Cooperación de Innovación Europea en el campo del envejecimiento activo y saludable.

 

ACCIONES DEL PROGRAMA AAL

I. Acciones indirectas

1. La ejecución del Programa AAL apoyará fundamentalmente proyectos de investigación e innovación para el envejecimiento activo y saludable orientados al mercado, que demuestren capacidad para explotar los resultados del proyecto en un plazo realista; la financiación de estas acciones indirectas con cargo al Programa AAL se realizará sobre todo a través de subvenciones. También podrá hacerse por medio de precios, contratación precomercial y contratación pública de soluciones innovadoras.

2. Además, se podrán apoyar acciones con fines de intermediación, promoción del programa, en particular actividades de divulgación en países que no participan en el Programa AAL, acciones de sensibilización en relación con las capacidades actuales, fomento del despliegue de las soluciones innovadores y conexión entre organizaciones de oferta y demanda y para facilitar el acceso a la financiación y a los inversores.

3. También podrán apoyarse acciones orientadas a mejorar la calidad de las propuestas, estudios de viabilidad y talleres. Podrán contemplarse colaboraciones con las regiones de la Unión para ampliar el grupo de partes interesadas participantes en el Programa AAL.

4. Las acciones deben tener como objetivo consolidar y analizar los distintos métodos de participación del usuario final para elaborar directrices sobre mejores prácticas basadas en pruebas reales

 

 

Más información: WEB de AAL