Regulado por el Reglamento nº 1296/2013 de 11 de diciembre de 2013,
relativo a un Programa de la
Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social
(EaSI) y por el que se modifica la
Decisión 283/2010/UE, por la que se establece un instrumento
europeo de microfinanciación para el empleo y la inclusión social
DOUE L
347/238, 20.12.2013
El Programa se aplicará del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de
2020
Estructura del programa
El Programa estará compuesto de los siguientes tres ejes
complementarios:
Eje «Progress»
Podrán financiarse con cargo a los ejes del Programa los siguientes
tipos de acciones:
1. Actividades de análisis:
a) recopilación de datos y estadísticas, teniendo en cuenta criterios
tanto cualitativos como cuantitativos, así como desarrollo de metodologías,
clasificaciones, microsimulaciones, indicadores y referencias comunes
desglosadas, si procede, por sexos y grupos de edad;
b) encuestas, estudios, análisis e informes, incluida la financiación de
redes de expertos y el desarrollo de conocimientos técnicos relacionados con
las secciones temáticas;
c) evaluaciones, incluidas las de impacto, cualitativas y cuantitativas
efectuadas por organismos públicos o privados;
d) seguimiento y evaluación de la transposición y la aplicación del
Derecho de la Unión;
e) preparación y aplicación de la experimentación en política social
como método para ensayar y evaluar soluciones innovadoras con vistas a su
generalización;
f) difusión de los resultados de estas actividades de análisis.
2. Actividades de aprendizaje mutuo, sensibilización y difusión:
a) intercambios y difusión de buenas prácticas, enfoques y experiencias innovadores,
evaluación comparativa y revisiones inter pares, y aprendizaje mutuo a nivel
europeo;
b) actos, conferencias y seminarios de la Presidencia del
Consejo;
c) formación de profesionales jurídicos y políticos;
d) elaboración y publicación de guías, informes y material educativo, y
actividades de información, comunicación y cobertura por los medios de
comunicación de las iniciativas apoyadas por el Programa;
e) actividades de información y comunicación;
f) desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información a fin de
intercambiar y difundir información sobre la política y la legislación de la Unión, y sobre el mercado de
trabajo.
Apoyo en relación con:
a) los gastos de funcionamiento de las principales redes a escala de la Unión cuyas actividades se
refieran y contribuyan a los objetivos del eje «Progress»;
b) refuerzo de las capacidades de las administraciones nacionales y
servicios especializados responsables de la promoción de la movilidad
geográfica designados por los Estados miembros y los proveedores de
microcréditos;
c) organización de grupos de trabajo de funcionarios nacionales para
controlar la aplicación de la legislación de la Unión;
d) creación de redes y cooperación entre organismos especializados y
otras partes interesadas pertinentes, autoridades nacionales, regionales y
locales, y servicios de empleo a escala europea;
e) financiación de observatorios a escala europea, incluidas las
secciones temáticas principales;
f) intercambio de personal entre administraciones nacionales
Eje «EURES»
Tipos de acciones
El eje «EURES» podrá emplearse para financiar:
Acciones para fomentar la movilidad voluntaria de las personas en la Unión de una manera justa, y
para eliminar los obstáculos a la movilidad, y en particular:
a) el desarrollo y las actividades de las asociaciones transfronterizas
de EURES cuando lo soliciten los servicios territorialmente responsables de las
regiones limítrofes;
b) la prestación de servicios de información, asesoramiento, colocación
y contratación de trabajadores transfronterizos;
c) el desarrollo de la plataforma digital multilingüe para la
compensación de las ofertas y las demandas de empleo;
d) el desarrollo de planes de movilidad específicos, previa convocatoria
de propuestas, para cubrir vacantes cuando se hayan detectado carencias del
mercado de trabajo o para ayudar a trabajadores con predisposición a la
movilidad y cuando se haya detectado una necesidad económica clara;
e) el aprendizaje mutuo entre los agentes de EURES y la formación de los
asesores de EURES, incluidos los asesores de las asociaciones transfronterizas
de EURES;
f) las actividades de información y comunicación para dar a conocer las
ventajas de la movilidad geográfica y laboral en general, y las actividades y
servicios de EURES
Eje «Microfinanciación y
emprendimiento social»
El apoyo a la microfinanciación y a las empresas sociales, incluida la
creación de capacidad institucional, en particular, mediante los instrumentos
de financiación previstos en el título VIII de la parte primera del Reglamento
Financiero, y subvenciones podrá ser incluido en el Eje de Microfinanciación y
emprendimiento social.
Más información: WEB Comisión
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