Programa para el empleo e la Innovación Social (EaSI)

Regulado por el Reglamento nº 1296/2013 de 11 de diciembre de 2013, relativo a un Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social (EaSI) y por el que se modifica la Decisión 283/2010/UE, por la que se establece un instrumento europeo de microfinanciación para el empleo y la inclusión social

 

DOUE L 347/238, 20.12.2013 

 

 

El Programa se aplicará del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020

 

 

Estructura del programa

El Programa estará compuesto de los siguientes tres ejes complementarios:

 

 

Eje «Progress»

 

Podrán financiarse con cargo a los ejes del Programa los siguientes tipos de acciones:

1. Actividades de análisis:

a) recopilación de datos y estadísticas, teniendo en cuenta criterios tanto cualitativos como cuantitativos, así como desarrollo de metodologías, clasificaciones, microsimulaciones, indicadores y referencias comunes desglosadas, si procede, por sexos y grupos de edad;

b) encuestas, estudios, análisis e informes, incluida la financiación de redes de expertos y el desarrollo de conocimientos técnicos relacionados con las secciones temáticas;

c) evaluaciones, incluidas las de impacto, cualitativas y cuantitativas efectuadas por organismos públicos o privados;

d) seguimiento y evaluación de la transposición y la aplicación del Derecho de la Unión;

e) preparación y aplicación de la experimentación en política social como método para ensayar y evaluar soluciones innovadoras con vistas a su generalización;

f) difusión de los resultados de estas actividades de análisis.

 

2. Actividades de aprendizaje mutuo, sensibilización y difusión:

a) intercambios y difusión de buenas prácticas, enfoques y experiencias innovadores, evaluación comparativa y revisiones inter pares, y aprendizaje mutuo a nivel europeo;

b) actos, conferencias y seminarios de la Presidencia del Consejo;

c) formación de profesionales jurídicos y políticos;

d) elaboración y publicación de guías, informes y material educativo, y actividades de información, comunicación y cobertura por los medios de comunicación de las iniciativas apoyadas por el Programa;

e) actividades de información y comunicación;

f) desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información a fin de intercambiar y difundir información sobre la política y la legislación de la Unión, y sobre el mercado de trabajo.

Apoyo en relación con:

a) los gastos de funcionamiento de las principales redes a escala de la Unión cuyas actividades se refieran y contribuyan a los objetivos del eje «Progress»;

b) refuerzo de las capacidades de las administraciones nacionales y servicios especializados responsables de la promoción de la movilidad geográfica designados por los Estados miembros y los proveedores de microcréditos;

c) organización de grupos de trabajo de funcionarios nacionales para controlar la aplicación de la legislación de la Unión;

d) creación de redes y cooperación entre organismos especializados y otras partes interesadas pertinentes, autoridades nacionales, regionales y locales, y servicios de empleo a escala europea;

e) financiación de observatorios a escala europea, incluidas las secciones temáticas principales;

f) intercambio de personal entre administraciones nacionales

 

 

 

 

Eje «EURES»

 

Tipos de acciones

El eje «EURES» podrá emplearse para financiar:

Acciones para fomentar la movilidad voluntaria de las personas en la Unión de una manera justa, y para eliminar los obstáculos a la movilidad, y en particular:

a) el desarrollo y las actividades de las asociaciones transfronterizas de EURES cuando lo soliciten los servicios territorialmente responsables de las regiones limítrofes;

b) la prestación de servicios de información, asesoramiento, colocación y contratación de trabajadores transfronterizos;

c) el desarrollo de la plataforma digital multilingüe para la compensación de las ofertas y las demandas de empleo;

d) el desarrollo de planes de movilidad específicos, previa convocatoria de propuestas, para cubrir vacantes cuando se hayan detectado carencias del mercado de trabajo o para ayudar a trabajadores con predisposición a la movilidad y cuando se haya detectado una necesidad económica clara;

e) el aprendizaje mutuo entre los agentes de EURES y la formación de los asesores de EURES, incluidos los asesores de las asociaciones transfronterizas de EURES;

f) las actividades de información y comunicación para dar a conocer las ventajas de la movilidad geográfica y laboral en general, y las actividades y servicios de EURES

 

 

 

Eje «Microfinanciación y emprendimiento social»

 

El apoyo a la microfinanciación y a las empresas sociales, incluida la creación de capacidad institucional, en particular, mediante los instrumentos de financiación previstos en el título VIII de la parte primera del Reglamento Financiero, y subvenciones podrá ser incluido en el Eje de Microfinanciación y emprendimiento social.

 

 

 

Más información: WEB Comisión